Ley 27.642

Artículo 15Sanciones por infracciones

Texto oficial

ARTÍCULO 15.- Sanciones. Las infracciones a las disposiciones de la presente ley serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo III del Título IV del Decreto 274/2019, de Lealtad Comercial, según corresponda.

Qué significa en la práctica

Las multas y sanciones por no cumplir la ley son las del Decreto de Lealtad Comercial (274/2019), que va desde apercibimientos hasta multas de hasta 5 millones de pesos (actualizables), cierre del establecimiento y secuestro de productos.

Ejemplo práctico

Un supermercado que vende 500 unidades de un snack sin sello puede recibir multa por el total de unidades infractoras.

Efectos prácticos

  • Las sanciones van desde apercibimiento, multa de 1 a 5.000.000 de pesos (actualizable por INDEC), decomiso del producto, cierre temporal del establecimiento, hasta suspensión o cancelación de habilitación.
  • La reincidencia agrava las sanciones.
  • Cada producto sin sello puede considerarse una infracción separada.
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