Modifícase el Art. 23 — Ley Ovina, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 23: Toda infracción a la presente Ley y a las reglamentaciones
que en su consecuencia se dicten, será sancionada, en forma gradual y
acumulativa, con:
a) Caducidad total o parcial de los beneficios otorgados.
b) Devolución del monto de los Aportes No Reintegrables (ANR).
c) Devolución inmediata del total de las cuotas de los Aportes Reintegrables (AR) pendientes de amortización.
En todos los casos se recargarán los montos a reintegrar con las
actualizaciones, intereses y multas que establezcan las normas legales
vigentes en el ámbito nacional.
La reglamentación establecerá el procedimiento para la imposición de
las sanciones, garantizando el derecho de defensa de los presuntos
infractores.
Qué significa en la práctica
Reescribe el Art. 23 — Ley Ovina. Las infracciones se sancionan en forma gradual y acumulativa con la caducidad total o parcial de los beneficios, la devolución de los Aportes No Reintegrables y la devolución inmediata de las cuotas pendientes de los Aportes Reintegrables, con actualizaciones, intereses y multas. La reglamentación fija el procedimiento y garantiza el derecho de defensa.