Ley 27.652

Artículo 6Intersectorialidad

Texto oficial

Intersectorialidad. Serán responsabilidades concurrentes de los ministerios de Desarrollo Social, de Salud y de Cultura poner a disposición los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Establece como responsabilidad concurrente de los ministerios de Desarrollo Social, de Salud y de Cultura poner a disposición los recursos necesarios para cumplir los objetivos de la ley.

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