Artículo 21Multas a regímenes de información (art. 39.1)
Texto oficial
Sustitúyense en el primer párrafo del primer artículo sin número incorporado a continuación del Art. 39 — Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, las expresiones “pesos quinientos ($500)” por “pesos quinientos mil ($500.000)” y “pesos cuarenta y cinco mil ($45.000)” por “pesos treinta y cinco millones ($35.000.000)”.
Qué significa en la práctica
Actualiza a $500.000 / $35 millones las multas por incumplir requerimientos de regímenes de información.