Sustitúyese en los incisos b) y c) del artículo 2° del Régimen Penal Tributario, establecido por el título IX de la Ley 27.430, la expresión “la suma de dos millones de pesos ($2.000.000)” por “la suma de pesos doscientos millones ($200.000.000)”.
Qué significa en la práctica
Actualiza a $200 millones el umbral de la evasión agravada por uso de testaferros, facturas falsas o beneficios fiscales (antes $2 millones).