Ley 27.799

Artículo 33Ámbito de la prescripción (art. 2532 CCyC)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 2532 — Código Civil y Comercial de la Nación por el siguiente: “Artículo 2532: Ámbito de aplicación. En ausencia de disposiciones específicas, las normas de este capítulo son aplicables a la y liberatoria”.

Qué significa en la práctica

Reescribe el Art. 2532 del CCyC: las reglas generales de se aplican salvo que haya una norma específica. Quita la mención que dejaba a las provincias regular la tributaria local en este artículo.
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