Texto oficial
Comuníquese, etc. -
FARREL - Perón - Pistarini - Peluffo - Teisaire.
Anexo A- Acuerdo sobre aprovechamiento de las aguas del río Pilcomayo,suscripto entre la República Argentina, Bolivia y Paraguay el 10 de Febrero de 1941-
ARTICULO 1. - Los gobiernos de las repúblicas Argentina, Bolivia y Paraguay designarán una Comisión Internacional que se compondrá de un miembro por cada una de las altas partes contratantes, para que estudie y proyecte un convenio en el que se contemplen los aspectos referidos relativos al río Pilcomayo, que someterá a los gobiernos de los tres Estados.
ARTICULO 2. - La comisión propondrá la realización de los estudios que sean necesarios y efectuará el cálculo aproximado de los gastos que se requerirán a ese efecto.
ARTICULO 3. - La comisión podrá solicitar de los gobiernos de los tres Estados los datos que estime necesarios y tengan atingencia con la misión que se le encomienda.