Las entidades y jurisdicciones mencionadas en el artículo 1° deben promover la recepción de documentación en formato electrónico mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), así como su intercambio automático entre los sistemas de Gestión Documental Electrónica – GDE implementados en los distintos niveles nacional, provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organismos tripartitos, entes públicos no estatales y otras entidades.
Qué significa en la práctica
Los organismos deben promover que la documentación se reciba en formato electrónico por el GDE y que se intercambie automáticamente entre los distintos GDE de la Nación, las provincias, CABA y otros entes.
Ejemplo práctico
El GDE nacional intercambia un documento con el GDE de una provincia.
Efectos prácticos
•Impulsa la recepción y el intercambio electrónico de documentación entre jurisdicciones.