Ley 26.994

Artículo 1739Requisitos

Texto oficial

Requisitos. Para la procedencia de la debe existir un perjuicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente. La pérdida de chance es indemnizable en la medida en que su contingencia sea razonable y guarde una adecuada relación de causalidad con el hecho generador.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de requisitos. Para la procedencia de la debe existir un perjuicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige requisitos. Para la procedencia de la indemnización debe existir un perjuicio directo o indirecto, actual o futuro, cierto y subsistente.
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