Ley 26.994

Artículo 22Capacidad de derecho

Texto oficial

de derecho. Toda goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos. La ley puede privar o limitar esta respecto de hechos, simples actos, o actos jurídicos determinados.

Qué significa en la práctica

Toda tiene de derecho: puede ser titular de derechos y deberes. Esta no puede suprimirse totalmente, aunque la ley puede limitarla para ciertos actos específicos.

Efectos prácticos

  • Un penado no pierde su capacidad de derecho: puede heredar, recibir donaciones, tener hijos
  • Un menor puede ser titular de derechos aunque no pueda ejercerlos por sí mismo
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