Preferencia. Los acreedores por deudas del causante y por cargas de la , y los legatarios tienen derecho al cobro de sus créditos y legados sobre los bienes de la , con preferencia sobre los acreedores de los herederos.
Qué significa en la práctica
Establece el régimen de preferencia. Los acreedores por deudas del causante y por cargas de la , y los legatarios tienen derecho al cobro de sus créditos y legados sobre los bienes de la , con preferencia sobre los acreedores de los herederos.
Efectos prácticos
•En la práctica, este artículo rige preferencia. Los acreedores por deudas del causante y por cargas de la sucesión, y los legatarios tienen derecho al cobro de sus créditos y legados sobre los biene