Ley 26.994

Artículo 2317Responsabilidad del heredero

Texto oficial

Responsabilidad del heredero. El heredero queda obligado por las deudas y legados de la sólo hasta la concurrencia del valor de los bienes hereditarios recibidos. En caso de pluralidad de herederos, éstos responden con la masa hereditaria indivisa.

Qué significa en la práctica

Los herederos solo responden por las deudas del fallecido hasta el valor de lo que heredaron: no tienen que pagar deudas del muerto con su propio dinero. Este "beneficio de inventario" es automático: no hay que solicitarlo.

Efectos prácticos

  • Si el fallecido tenía más deudas que bienes, los herederos no pagan la diferencia
  • Es importante realizar el inventario y avalúo de la herencia para fijar el límite de responsabilidad
  • Los herederos que confunden los bienes propios con los hereditarios pueden perder el beneficio
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