Ley 26.994

Artículo 2554Regla general

Texto oficial

Regla general. El transcurso del plazo de comienza el día en que la prestación es exigible.

Qué significa en la práctica

La comienza a correr desde el día en que el titular del derecho pudo ejercer la acción. Para los daños: desde que el damnificado conoció o debió conocer el daño y supo quién fue el responsable.

Efectos prácticos

  • Si la víctima no sabía quién era el responsable, el plazo no corre hasta que lo descubre
  • La prescripción no corre contra quien no puede actuar (menor de edad, persona incapaz)
  • Ante la duda sobre el inicio del plazo, se favorece al acreedor (principio pro actione)
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