Ley 24.430

Artículo 30Reforma de la Constitución

Texto oficial

La Constitución puede reformarse en el todo o en cualquiera de sus partes. La necesidad de reforma debe ser declarada por el Congreso con el voto de dos terceras partes, al menos, de sus miembros; pero no se efectuará sino por una Convención convocada al efecto.

Qué significa en la práctica

La Constitución puede modificarse, pero el proceso tiene dos etapas: (1) el Congreso declara la necesidad de reforma con 2/3 de votos; (2) el pueblo elige a los convencionales que integrarán una Convención Constituyente, que es la que efectivamente redacta y aprueba los cambios. Ni el Congreso ni el Ejecutivo pueden reformarla solos.

Ejemplo práctico

La reforma de 1994 siguió este proceso: el Congreso sancionó la Ley 24.309 declarando la necesidad de reforma y habilitando temas, y luego la Convención reunida en Santa Fe/Paraná aprobó los cambios.

Efectos prácticos

  • Requiere mayoría especial de 2/3 en el Congreso para iniciar el proceso
  • La reforma la hace una Convención elegida específicamente para ese fin
  • La Convención puede reformar solo lo que el Congreso habilitó
  • No existe ninguna cláusula pétrea expresa, todo puede reformarse
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