Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMÍA a disponer la condonación total o parcial de las deudas que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y Entes Residuales en liquidación de empresas privatizadas, mantienen con el ESTADO NACIONAL originadas por la entrega de Bonos de Consolidación y Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales por aplicación de la Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación), el
Qué significa en la práctica
Faculta al Ministerio de Economía a condonar las deudas de jurisdicciones y entes residuales por la entrega de bonos de consolidación, si su presupuesto lo financia el Tesoro.