Ley 24.050

Artículo 12Competencia de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal

Texto oficial

Los Tribunales Orales en lo Criminal de la CAPITAL FEDERAL conocerán en los supuestos establecidos por el Art. 25 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal.

Qué significa en la práctica

Remite al Art. 25 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal (Ley 23.984 (Código Procesal Penal de la Nación)) para determinar en qué causas juzgan los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal: son los que hacen el de los delitos más graves instruidos por los jueces de instrucción. El artículo fue sustituido por el Art. 19 — Ley 27.308 (Unificación de Fueros y Juicio Unipersonal), que los convirtió en Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional y habilitó que juzguen con un solo juez en las causas de menor pena.

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