Quedan eximidos de todos los aportes indicados en el artículo anterior: 1. Los menores de dieciocho (18) años de edad; 2. Los trabajadores autónomos a los que alude el primer párrafo del Art. 13 — Ley 24.476 y su reglamentación; 3. Los profesionales universitarios que por esa actividad se encontraren obligatoriamente afiliados a uno o más regímenes provinciales para profesionales; 4. Los sujetos que —simultáneamente con la actividad por la que adhieran al Régimen Simplificado— se encuentren realizando una actividad en y aporten en tal carácter al régimen nacional o a algún régimen provincial previsional.
Qué significa en la práctica
Algunos monotributistas no pagan los aportes del Art. 39: los menores de 18, ciertos jubilados que siguen trabajando, los profesionales que ya aportan a una caja provincial y quienes también están en y aportan por ese empleo.