Artículo 4Prórroga del impuesto adicional de emergencia sobre los cigarrillos (hasta 2006)
Texto oficial
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006, inclusive, la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones.
TITULO V
Vigencia
Qué significa en la práctica
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, establecido por la Ley 24.625.