Ley 27.308

Artículo 30Financiamiento de la reforma

Texto oficial

Las erogaciones necesarias para la implementación de la presente ley se imputarán al presupuesto correspondiente al Poder Judicial de la Nación previsto para el ejercicio 2016.

Qué significa en la práctica

Los gastos que demande poner en marcha la ley se imputan al presupuesto del Poder Judicial de la Nación previsto para el ejercicio 2016. No se crea una partida nueva.

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