Ley 27.341

Artículo 74Fondo Federal Solidario

Texto oficial

— Aféctese al Fondo Federal Solidario, creado por decreto del Poder Ejecutivo nacional 206 de fecha 19 de marzo de 2009, el que continuará rigiéndose por la normativa vigente, la suma de pesos cinco mil millones ($ 5.000.000.000) para el Ejercicio 2017. Asimismo, amplíase el objeto establecido para el mencionado Fondo Federal Solidario, el que tendrá por finalidad financiar obras provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contribuyan a la mejora de la infraestructura edilicia de las distintas reparticiones y/u organismos públicos, sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial, así como para infraestructura e inversión productiva, con expresa prohibición de utilizar las sumas de dicho fondo, para el financiamiento de gastos corrientes.

Qué significa en la práctica

Afecta $ 5.000.000.000 del ejercicio 2017 al Fondo Federal Solidario creado por el Decreto 206/2009 (el llamado fondo sojero), que sigue rigiéndose por su normativa. Además amplía su objeto: pasa a financiar obras provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que mejoren la infraestructura edilicia de reparticiones y organismos públicos, sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial, y también infraestructura e inversión productiva. Mantiene la prohibición expresa de usar esos fondos para gastos corrientes.

Normas relacionadas

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