Artículo 51Sustitúyese el artículo 14 de la ley 24.633
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 14 — Ley de Circulación de Obras de Arte, por el siguiente:
Artículo 14: La valorización de la obra será en todos los casos la
valuación de la obra que el solicitante hubiere efectuado y comunicado
como declaración jurada.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el Art. 14 — Ley de Circulación de Obras de Arte, por el siguiente. En detalle: Art. 14: La valorización de la obra será en todos los casos la valuación de la obra que el solicitante hubiere efectuado y comunicado como declaración jurada.
Efectos prácticos
•Sustitúyese el artículo 14 de la ley 24.633, por el siguiente: