Artículo 4Objetivos y destinatarios de los programas
Texto oficial
Objetivos y destinatarios. El Ministerio de Educación de la
Nación, en conjunto con las jurisdicciones educativas en el ámbito del
Consejo Federal de Educación y en coordinación con otros organismos con
relacionada al objeto de la presente ley, promoverá, a
través de los Programas vigentes y de los que se creen al efecto,
acciones de educación inclusiva que garanticen el acompañamiento y
fortalecimiento a las trayectorias escolares para que sean continuas y
completas para todas las alumnas, alumnos y estudiantes de la educación
obligatoria de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo
Nacional de gestión estatal, privada, cooperativa y social, en igualdad
de condiciones en todo el territorio del país, con los siguientes
objetivos:
a) Garantizar el acceso, y las condiciones para la permanencia y
terminalidad de la educación obligatoria para todas las niñas, niños,
adolescentes, jóvenes y adultos que hayan visto afectadas sus
trayectorias escolares;
b) Implementar estrategias socioeducativas contextualizadas tendientes
a sostener y acompañar las trayectorias escolares y educativas, que
generen mejores condiciones para la continuidad de los procesos de
enseñanza y de aprendizaje;
c) Fortalecer los dispositivos institucionales, el trabajo de los
equipos de conducción y de los docentes, y crear y promover nuevos
dispositivos para el acompañamiento de las trayectorias escolares, que
contemplen las condiciones singulares y desiguales especialmente en el
proceso de retorno progresivo a la escolaridad presencial de las niñas,
niños, adolescentes, jóvenes y adultos;
d) Generar acciones específicas para brindar a las niñas, niños,
adolescentes y jóvenes con discapacidades –temporales o permanentes-;
alumnas y alumnos de pueblos originarios o pertenecientes a comunidades
aisladas; en contextos de privación de la libertad; y en ámbitos
domiciliarios u hospitalarios propuestas pedagógicas que aseguren su
inclusión y les permitan su desarrollo y el pleno ejercicio de sus
derechos a través de trayectorias escolares continuas y completas;
e) Diseñar y fortalecer acciones socioeducativas específicas para
comunidades en situación de desigualdad, que permitan acompañar a
aquellas alumnas y alumnos que han abandonado o estén en riesgo de
abandonar la escolaridad a través de estrategias para su inclusión,
retención y terminalidad escolar;
f) Conformar equipos nacionales y jurisdiccionales especializados que
promuevan la articulación y el trabajo en red con las áreas de salud,
género y diversidad, desarrollo social y de protección integral de
derechos de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, con vistas a
garantizar la atención integral de las problemáticas socioeducativas.
Los equipos jurisdiccionales serán los que acompañen a instituciones,
directivos y docentes en la implementación de las acciones;
g) Promover y fortalecer la constitución de los equipos de apoyo y
orientación a las escuelas para que contribuyan a generar las
condiciones institucionales necesarias para abordar las problemáticas
educativas en su complejidad, pedagógicas, socioafectivas, de
convivencia, que se presenten durante el proceso de retorno progresivo
a la escolaridad presencial, semipresencial o combinada;
h) Desarrollar e implementar instrumentos de seguimiento pedagógico a
partir de la matriculación en el sistema educativo, que dé cuenta del
recorrido educativo de las y los estudiantes, con el fin de identificar
de manera temprana el riesgo de deserción escolar para generar las
acciones de prevención pertinentes, en el marco de la Ley 27.489, del
Programa Cédula Escolar Nacional;
i) Fortalecer los dispositivos de mapas georeferenciados que registren
regiones, distritos y escuelas con población de alumnas y alumnos en
riesgo de abandono escolar y/o trayectorias escolares discontinuas, con
la finalidad de promover proyectos institucionales centrados en la
localización temprana contextualizada y el redireccionamiento de los
recursos necesarios;
j) Sistematizar las experiencias y nuevas prácticas ya desarrolladas
por los efectores estatales y organizaciones comunitarias, que brinden
orientación sobre el diseño y la implementación de políticas que
fortalezcan las estrategias educativas implementadas;
k) Promover acciones de inclusión digital que faciliten el desarrollo
de las formas de escolarización durante la etapa del retorno
progresivo: presencialidad, no presencialidad y combinada, así como de
todas las otras formas relacionadas con el mejoramiento de la enseñanza
y de los aprendizajes escolares, proponiendo lineamientos para el
desarrollo e implementación de plataformas y criterios para la
distribución de equipamiento;
l) Priorizar la distribución de equipamiento tecnológico a sectores
socioeconómicamente vulnerados, con el fin de disminuir la brecha
digital existente que afecta el derecho a la educación;
m) Propiciar espacios de intercambio interjurisdiccional,
interinstitucional e institucional que propicie entre supervisores,
directivos y docentes la reflexión compartida acerca de las prácticas
extraordinarias que suscitaron distintas experiencias originadas por la
pandemia;
n) Promover y acompañar la revisión y actualización institucional de
los Acuerdos Escolares de Convivencia, para adecuarlos a los protocolos
y a la reorganización del funcionamiento escolar post aislamiento
social, preventivo y obligatorio, en cumplimiento de la Ley 26.892,
para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad
en las instituciones educativas;
o) Desarrollar propuestas que promuevan y afiancen el cumplimiento de
la obligatoriedad de la educación secundaria de las/los adolescentes y
jóvenes de hasta veinticuatro (24) años junto a la formación
profesional, que promuevan la doble titulación de acuerdo con la
normativa vigente;
p) Promover propuestas que aseguren el acceso sistemático a
experiencias formativas culturales, deportivas, expresivas,
científicas, así como la formación en derechos ciudadanos y la
educación sexual integral.
Qué significa en la práctica
Encomienda al Ministerio de Educación, junto con las jurisdicciones en el Consejo Federal de Educación, promover acciones de educación inclusiva para toda la educación obligatoria. Entre sus objetivos: garantizar acceso, permanencia y terminalidad; implementar estrategias socioeducativas; atender a estudiantes con discapacidad, de pueblos originarios, en privación de libertad o en ámbito domiciliario/hospitalario; conformar equipos especializados; hacer seguimiento pedagógico (Programa Cédula Escolar Nacional, Ley 27.489); usar mapas georreferenciados de riesgo de abandono; promover la inclusión digital y la distribución de equipamiento; y afianzar la obligatoriedad de la secundaria y la educación sexual integral.