Artículo 3Nuevo artículo 3°: la AABE como sujeto expropiante
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 3 — Ley de Barrios Populares por el siguiente:
Artículo 3º: El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Agencia de
Administración de Bienes del Estado, actuará como sujeto expropiante en
los términos del Art. 2 — Ley de Expropiaciones. En ningún caso se
obstaculizará cualquier proceso de o regularización
dominial iniciado.
Qué significa en la práctica
Sustituye el Art. 3 — Ley de Barrios Populares. Establece que el Poder Ejecutivo, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), actúa como sujeto expropiante en los términos del Art. 2 — Ley de Expropiaciones de Expropiaciones, y que en ningún caso se obstaculizarán los procesos de o regularización dominial ya iniciados.