Ley 27.694

Artículo 3Nuevo artículo 3°: la AABE como sujeto expropiante

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 3 — Ley de Barrios Populares por el siguiente: Artículo 3º: El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, actuará como sujeto expropiante en los términos del Art. 2 — Ley de Expropiaciones. En ningún caso se obstaculizará cualquier proceso de o regularización dominial iniciado.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 3 — Ley de Barrios Populares. Establece que el Poder Ejecutivo, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), actúa como sujeto expropiante en los términos del Art. 2 — Ley de Expropiaciones de Expropiaciones, y que en ningún caso se obstaculizarán los procesos de o regularización dominial ya iniciados.

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