Ley 27.743

Artículo 73Ganancias: impuesto a los ingresos del trabajo (art. 94)

Texto oficial

Sustitúyense el primer y segundo párrafos del Art. 94 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, por los siguientes: ARTÍCULO 9Créditos fiscales. Para el pago del respectivo impuesto bajo el REIBP, los sujetos indicados en el primer párrafo del artículo 49 de esta ley podrán computarse los créditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023. ARTÍCULO 76Créase el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social con el fin de lograr el pago voluntario de las obligaciones que en el presente título se detallan. En este marco, se prevé la posibilidad de que los contribuyentes y responsables se acojan al régimen, obteniendo distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren.

Qué significa en la práctica

Sustituye los párrafos del Art. 94 — Ley de Impuesto a las Ganancias que alcanzan a las rentas del trabajo personal.

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