Las facultades otorgadas por la presente ley al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país, y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del Art. 99 — Constitución Nacional. Capítulo II De las normas sobre gastos
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo puede asumir las facultades que la ley le da al Jefe de Gabinete, como responsable político de la administración.