Texto oficial
Facúltase al Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Relaciones Financieras Internacionales de la Secretaría de Finanzas, a ejecutar las operaciones previstas en el artículo III, sección 2 del Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones IV (FOMIN IV), a los efectos de asegurar el cumplimiento de los objetivos contemplados en el artículo I del citado Convenio.