Ley 27.798

Artículo 29Aporte a la AIF (Banco Mundial)

Texto oficial

Apruébase el aumento del aporte de capital suscrito de la República Argentina a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial de acuerdo a lo determinado por la junta de gobernadores en su resolución 255 del 15 de abril de 2025 por un monto de dólares estadounidenses doce millones quinientos mil (u$s 12.500.000), el cual deberá ser abonado en una (1) cuota antes del 30 de junio de 2026. Autorízase al Banco Central de la República Argentina (BCRA), con el fin de hacer frente al pago emergente del presente artículo, a efectuar en nombre y por cuenta de la República Argentina el aporte y la suscripción establecida con los correspondientes fondos de contrapartida, que serán aportados por el Tesoro Nacional.

Qué significa en la práctica

Aprueba el aumento del aporte de capital de la Argentina a la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial.

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