Ley 27.798

Artículo 32Aporte al Tesoro Nacional

Texto oficial

Dispónese el ingreso como contribución al Tesoro Nacional de la suma de pesos doscientos veinticinco mil millones ($225.000.000.000) de acuerdo con la distribución indicada en la planilla anexa al presente artículo. El Jefe de Gabinete de Ministros establecerá el cronograma de pagos. Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias tendientes a efectuar los aportes al Tesoro Nacional.

Qué significa en la práctica

Dispone el ingreso al Tesoro Nacional de 225.000 millones de pesos, según la distribución de la planilla anexa.

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