Ley 27.799

Artículo 27Multas del art. 39.2 inc. d

Texto oficial

Sustitúyese en el inciso d) del segundo artículo sin número incorporado a continuación del Art. 39 — Ley 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, la expresión “doscientos mil pesos ($200.000)” por “pesos quince millones ($15.000.000)”.

Qué significa en la práctica

Actualiza a $15 millones la multa del inciso d).
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