Resumen ejecutivo
El Régimen Previsional para Investigadores Científicos y Tecnológicos de la Ley 22.929 funciona con una lista cerrada de organismos: solo el personal de investigación de las instituciones allí enumeradas accede al régimen especial. Esa técnica obliga a modificar la ley cada vez que aparece un organismo de investigación que no figura. La Ley 23.626 es exactamente eso: reescribe el inciso a) del artículo 1º —tal como lo había dejado la Ley 23.026 en 1983— y agrega un único organismo nuevo, el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, manteniendo sin cambios al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, el Instituto Nacional de Ciencia y Técnica Hídricas, la Comisión Nacional de Energía Atómica y los organismos de investigación de las Fuerzas Armadas. Es además la primera vez que un Congreso democrático interviene sobre este régimen, creado y ampliado hasta entonces por normas de facto. La redacción que aportó esta ley ya no está en el texto vigente: fue sustituida por la Ley 27.341 (Presupuesto 2017) y luego por la Presupuesto 2018, que abandonaron la lista de organismos y la reemplazaron por una remisión al Art. 14 — Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación.Objetivo
Sumar al personal de investigación y desarrollo del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero al Régimen Previsional para Investigadores Científicos y Tecnológicos de la Ley 22.929.Problema que resuelve
El inciso a) del Art. 1 — Ley 22.929 enumeraba taxativamente los organismos cuyo personal de investigación accedía al régimen previsional especial, y el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero no estaba en esa lista: sus investigadores hacían tareas equivalentes a las de los organismos incluidos pero quedaban sujetos al régimen previsional general.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes