Ley 25.970

Artículo 4La competencia electoral queda en Córdoba capital

Texto oficial

La electoral de la provincia de Córdoba permanecerá asignada al Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la ciudad de Córdoba.

Qué significa en la práctica

Aclara que el nuevo juzgado no interviene en materia electoral: esa sigue en el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la ciudad de Córdoba. La razón es estructural: el electoral es único por distrito, porque lleva el padrón y el registro de partidos de toda la provincia, y fragmentarlo entre varios juzgados sería inviable.

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