Ley 25.988

Artículo 2Cigarrillos: prórroga del impuesto adicional de emergencia

Texto oficial

Prorrógase la vigencia del impuesto establecido por la Ley 24.625, de impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos y sus modificaciones, hasta el 31 de diciembre de 2005, inclusive.

Qué significa en la práctica

Extiende hasta el 31 de diciembre de 2005 la vigencia del impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, creado por la Ley 24.625. Es un tributo nacido como transitorio que el Congreso viene prorrogando año tras año.

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