Ley 26.422

Artículo 30Financiamiento de la AFIP

Texto oficial

Limítase para el Ejercicio Fiscal 2009 al UNO COMA NOVENTA POR CIENTO (1,90%) la alícuota establecida por el inciso a) del artículo 1º del Decreto Nº 1399 del 4 de noviembre de 2001. Los programas de colaboración que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), desarrolle en materia de administración tributaria con organismos nacionales, provinciales, interprovinciales municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los lineamientos que al respecto se acuerden, se ejecutarán y administrarán de acuerdo a sus respectivas normativas y se financiarán con los recursos a que se refiere el párrafo .

Qué significa en la práctica

Limita para 2009 al 1,90% la alícuota de la que se financia la AFIP (Decreto 1399/2001). Los programas de colaboración tributaria de la AFIP con otros organismos se financian con esos mismos recursos.

Normas relacionadas

← Ver en Presupuesto 2009 (Ley 26.422) completaLeyes