Ley 27.467

Artículo 17Compensación del Consenso Fiscal: actualización por inflación

Texto oficial

Conforme lo previsto en las cláusulas II.a y II.b del Consenso Fiscal, aprobado mediante la Consenso Fiscal 2017 (Ley 27.429), la compensación allí prevista se actualizará trimestralmente en el año 2019 y siguientes con base en la inflación. La transferencia de fondos será diaria y automática. Estas compensaciones no formarán parte del Presupuesto General para la administración nacional para el Ejercicio 2019 y siguientes. Facúltase a la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE HACIENDA a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias necesarias para su cumplimiento.

Qué significa en la práctica

Dispone que la compensación prevista en las cláusulas II.a y II.b del Consenso Fiscal (aprobado por la Consenso Fiscal 2017 (Ley 27.429)) se actualice trimestralmente por inflación desde 2019 en adelante, y que su transferencia a las provincias sea diaria y automática. Aclara que esas compensaciones no integran el Presupuesto General de la administración nacional. La Secretaría de Hacienda queda facultada a dictar las normas complementarias.

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