Educación. La , en coordinación
con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe diseñar y
ejecutar políticas destinadas a garantizar el acceso a la educación a
niños, niñas y adolescentes comprendidos en la presente ley y arbitrar
las medidas pertinentes para fortalecer sus trayectorias educativas en
los términos de Ley de Educación Nacional de educación nacional.
Qué significa en la práctica
La , junto con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe diseñar y ejecutar políticas que garanticen el acceso a la educación de los chicos alcanzados por la ley y fortalecer sus trayectorias educativas, en los términos de la Ley de Educación Nacional de Educación Nacional. La enfermedad no puede traducirse en pérdida de escolaridad.