Artículo 10Impuesto al cheque: exención de la cuenta usada para el alquiler
Texto oficial
Impuesto a los débitos y créditos bancarios. Incorpórese como inciso d) del Art. 2 — Impuesto al Cheque el siguiente:
d) Los créditos y débitos en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados, conforme a la reglamentación.
Qué significa en la práctica
Tercer incentivo vigente. Incorpora el inciso d) al Art. 2 — Impuesto al Cheque: quedan exentos del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios los movimientos de la caja de ahorro o cuenta corriente que se use EXCLUSIVAMENTE para las operaciones de de inmuebles con destino casa-habitación, siempre que los contratos estén registrados. Buscaba que cobrar el por transferencia no tuviera un costo extra frente a hacerlo en efectivo.