Créase, dentro de los créditos aprobados por la presente ley, un FONDO DE AYUDA A ESTUDIANTES DE NIVEL MEDIO, TERCIARIO Y UNIVERSITARIO de CUATRO MILLONES DE PESOS ($ 4.000.000). La distribución y asignación de la referida partida estará a cargo de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda de ambas Cámaras del Congreso de la Nación.
Asimismo, dénse por debidamente cumplidas tanto en su percepción como en su utilización, las becas otorgadas de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 53 — Ley de Presupuesto 2000.
Qué significa en la práctica
Crea un Fondo de Ayuda a Estudiantes de Nivel Medio, Terciario y Universitario de $ 4.000.000, cuya distribucion y asignacion queda a cargo de las Comisiones de Presupuesto y Hacienda de ambas Camaras. Da por cumplidas las becas otorgadas segun el articulo 53 de la Ley de Presupuesto 2000.