Ley 27.008

Artículo 19Reparto automático de fondos educativos a los municipios

Texto oficial

— Establécese la vigencia para el ejercicio fiscal 2015 del Art. 7 — Ley de Financiamiento Educativo, en concordancia con lo dispuesto en el Art. 9 — Ley de Educación Nacional, asegurando el reparto automático de los recursos a los municipios para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación.

Qué significa en la práctica

Mantiene vigente para 2015 el Art. 7 — Ley de Financiamiento Educativo (financiamiento educativo), en línea con el Art. 9 — Ley de Educación Nacional 26.206, para asegurar que los recursos lleguen automáticamente a los municipios y se usen solo en gastos ligados a la función educación.

Normas relacionadas

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