Ley 27.467

Artículo 10El Poder Ejecutivo puede asumir las facultades del jefe de Gabinete

Texto oficial

Las facultades otorgadas por la presente ley al jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país, y en función de lo dispuesto en el inciso 10 del Art. 99 — Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

Aclara que todo lo que esta ley le permite hacer al jefe de Gabinete lo puede hacer también el Poder Ejecutivo, por ser el responsable político de la administración general del país según el artículo 99 inciso 10 de la Constitución Nacional.

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