Artículo 11Contrataciones que exceden el ejercicio (plurianuales)
Texto oficial
Autorízase, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 15 — Administración Financiera y sus modificaciones, la contratación de
obras o adquisición de bienes y servicios cuyo plazo de ejecución
exceda el Ejercicio Financiero 2019 de acuerdo con el detalle obrante
en las Planillas anexas al presente artículo. Facúltase al jefe de
Gabinete de Ministros a incorporar la contratación de obras o
adquisición de bienes y servicios en la medida que ellas se financien
con cargo a las facultades previstas en los artículos 8° y 9° de la
presente ley.
Qué significa en la práctica
Autoriza, conforme el artículo 15 de la Ley de Administración Financiera (24.156), a contratar obras y comprar bienes y servicios cuya ejecución pase de 2019, según el detalle de las planillas anexas. Es necesario porque el presupuesto es anual: sin esta autorización no se podría firmar un que compromete plata de años futuros. El jefe de Gabinete puede sumar contrataciones financiadas con las facultades de los artículos 8° y 9°.