Artículo 124Traspaso de Edenor y Edesur a la Provincia y la Ciudad
Texto oficial
Instrúyese al PODER EJECUTIVO NACIONAL a impulsar los
actos que sean necesarios para que, a partir del 1° de enero de 2019,
las distribuidoras eléctricas Empresa Distribuidora Norte S.A. (Edenor)
y Empresa Distribuidora Sur S.A. (Edesur) pasen a estar sujetas a la
de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
Una vez que se efectivice lo contemplado en el párrafo anterior, el
Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) creado por el
Art. 54 — Marco Regulatorio Eléctrico mantendrá sus funciones y facultades en
todo aquello que no esté vinculado al de distribución
de energía eléctrica.
(Nota Infoleg: por Art. 7 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva B.O. 23/12/2019 se suspende la aplicación de lo dispuesto en el segundo
párrafo del presente artículo. Durante la vigencia de la
emergencia declarada en la norma de referencia, el Ente Nacional Regulador de la
Electricidad (ENRE) mantendrá su sobre el
de
distribución de energía eléctrica de las concesionarias Empresa
Distribuidora Norte S.A. (Edenor) Empresa Distribuidora Sur S.A.
(Edesur). Vigencia: comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
Qué significa en la práctica
Instruye al Poder Ejecutivo a impulsar los actos necesarios para que, desde el 1° de enero de 2019, las distribuidoras eléctricas Edenor y Edesur pasen a la de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Una vez efectivizado, el ENRE (creado por el Art. 54 — Marco Regulatorio Eléctrico) mantiene sus funciones en todo lo que no esté vinculado al de distribución eléctrica. InfoLeg deja constancia de que el Art. 7 — Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva suspendió la aplicación del segundo párrafo: durante la emergencia allí declarada, el ENRE mantiene su sobre la distribución eléctrica de Edenor y Edesur.