Derógase el Capítulo VIII del Título II de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
Se deroga el Capítulo VIII del Título II de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese capítulo regulaba ciertos aspectos relacionados con el trabajo a domicilio que fueron absorbidos por otras normas.
Efectos prácticos
•Las disposiciones del Cap. VIII del Tít. II de la LCT dejaron de estar vigentes
•Las materias que allí se regulaban quedan bajo el régimen general o leyes especiales según corresponda