Ley 27.802

Artículo 70Pago mensual al FAL — a través de ARCA

Texto oficial

Pago de la . El pago de la mensual a cargo del empleador, en los términos del artículo 60, se formalizará a través del procedimiento que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Economía, quien deberá velar por el cumplimiento de la mensual y será la responsable de la gestión de cobro.

Qué significa en la práctica

La contribución mensual al FAL se paga a través de ARCA (ex-AFIP), que es responsable de la gestión de cobro y de asegurarse que el empleador cumpla mensualmente.

Efectos prácticos

  • Se paga junto con los aportes patronales mensuales, a través de ARCA
  • ARCA gestiona el cobro y puede iniciar acciones si el empleador no paga
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