Artículo 74Protección legal del FAL — inembargabilidad y afectación exclusiva
Texto oficial
Protección legal. Los Fondos, las cuentas individuales y todos los valores incorporados a ellos, serán inembargables y estarán afectados exclusivamente a la finalidad prevista en esta ley.
Qué significa en la práctica
Los fondos del FAL y sus cuentas son inembargables (ningún acreedor puede trabarlos) y solo pueden usarse para el fin previsto en la ley: pagar indemnizaciones laborales.
Efectos prácticos
•Los acreedores del empleador no pueden embargar los fondos del FAL
•Los fondos del FAL no pueden usarse para nada más que pagar indemnizaciones laborales